Las Garantías Constitucionales

En México tu estas protegido por las Garantías y Derechos que en la Constitución Política se consangran.

Estas garantías se llaman Constitucionales porque se encuentran enumeradas en la Constitución estas  protegen tu libertad en todos los sentidos, tu seguridad, la iguadad entre todas las personas sin discriminación alguna y todos los derechos sobre la propiedad.


El concepto de “garantía” surge a partir de una evolución histórica que originaron los revolucionarios franceses en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.


Si quieres saber más sobre  las Historia de las Garantías Constitucionales te invitamos a leer el siguiente artículo:

"Historia de las Garantías Constitucionales"

La protección de las Garantías Constitucionales se encuentra manfestada en el artículo primero de la constitución, exponiendo lo siguiente:

 “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en caos y con las condiciones que ella misma establece”

Las 29 Garantías Constitucionales en México


Las garantías individuales comprenden un total de 29 artículos, aquí los enumeramos con un pequeño resumen:

Si deseas leer los artículos Constitucionales de manera completa, te recomendamos checar la Constitución en el siguiente enlace Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Art. 1º En México todo persona gozará de las garantías que otorga esta Constitución.

Art. 2º En el territorio nacional queda prohibida la esclavitud, teniendo éste una composición pluricultural.

Art. 3º La educación nacional es laica, gratuita y obligatoria hasta la secundaria.



Art. 4º Los hombres y las mujeres son iguales ante la ley, tienen derecho a la protección de la salud, a una vivienda digna y decorosa. Las familias tienen derecho a informarse sobre el número de hijos y su esparcimiento, y estos tienen derecho a la protección de sus padres.

Art. 5º Todas las personas podrán dedicarse a la profesión, industria, o comercio que prefiera siempre y cuando sea lícito.

Art. 6º Es individuo gozará de libertad de pensamiento sin afectar a terceros y el derecho a la información.

Art. 7º Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Depende del Estado el obrar por la libertad de las personas, y asegurarse de que no se viole.

Art.8 º Los funcionarios públicos deberán respetar el derecho del ejercicio de petición por parte de los ciudadanos, siempre y cuando este sea pacífico y respetuoso.

Art. 9º No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito.

Art. 10º Los habitantes de la República tienen derecho a poseer armas en su domicilio para su seguridad y legítima defensa, siempre y cuando no estén prohibidas por la ley, o sean de uso exclusivo del Ejército.

Art. 11º Toda persona tiene derecho a entrar en la República, salir de ella, viajar de territorio o mudar de residencia, sin carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto o requisitos semejantes.

Art. 12º Quedan anulados los títulos de nobleza.

Art. 13º Ninguna persona o corporación podrá tener fuero ni gozar más privilegios que estén fijados por la ley.

Art. 14º Ninguna ley podrá tener efecto retroactivo en perjuicio de una persona. Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, según el procedimiento de ley.

Art. 15º Queda prohibida la extradición de reos políticos.

Art. 16º Nadie podrá ser molestado en su persona, domicilio, papeles o posesiones a menos que sea con la justificación de un mandamiento escrito de la autoridad competente que motive la causa legal de su procedimiento.



Art. 17º Nadie podrá hacerse justicia por sí mismo, ni violentarse para reclamar su derecho.

Art. 18º Habrá prisión preventiva solo por delito que merezca pena corporal.

Art. 19º Ninguna detención excederá de 3 días, sin que se justifique el auto de formal prisión.

Art. 20º En un juicio criminal el acusado tendrá derechos tales como ser informado sobre el delito y el acusador, sobre los testigos que se presentan en su contra, tener total comunicación con quien sea. Se le suministrarán todos los datos que solicite para su defensa, y tiene el derecho a tener defensa justa.

Art. 21º En caso de que el infractor sea jornalero, obrero o trabajador, debe de ser sancionado con una multa equivalente a un día de su salario mínimo.

Art. 22º Quedan prohibidas las penas de mutilación o de infamia y de muerte.

Art.23º Un juicio criminal debe de tener solamente tres instancias. Ninguna persona puede ser juzgada dos veces por el mismo delito.



Art. 24º Todos pueden profesar la creencia religiosa que más les agrade y pueden practicar las ceremonias, devociones o actos de culto en los templos. Siempre y cuando no constituyan un delito y sean vigilados por la autoridad.

Art. 25º El Estado debe de planear, conducir y coordinar la actividad económica nacional, y debe de llevar a cabo la regulación y fomento de actividades.

Art. 26 º El Estado debe de organizar un sistema de planeación democrática para el desarrollo nacional. Éste debe de tener solidez, dinamismo, permanencia, y equidad para el crecimiento de la economía. Todo esto obrando por la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

Art. 27 º El territorio de agua y tierra que comprende la Nación son propiedad de ésta, la cual tiene el derecho y la obligación de transmitir su dominio a los particulares para constituir la propiedad privada. (Para más información sobre las clausulas y condiciones del territorio nacional y la propiedad privada, recomendamos consultar la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos en su primer capítulo).

Art. 28 º Quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos dentro de los términos y condiciones que fijan las leyes. La ley castigará severamente todo acaparamiento.




Art. 29 º Solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los titulares de las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos, y la Procuraduría General de la República, podrán suspender en todo el país o en algún lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente a cualquier situación adversa.


Nuevos retos

Ahora nos encontramos en una época de progresión y desarrollo de los Derechos Humanos que se van reconociendo con el paso del tiempo en los Tratados Internacionales en los que México es parte y por los mismo ahora debemos garantizarlos en la Constitución.

Falta mucho por hacer como el reconocimiento y protección a las personas No Binarias, la Protección a la Maternidad Subrogada, El Comercio Electrónico, etc.


Los avances recientes

Los avanzes recientes que hemos logrado es:

  • La protección y reconocimiento a las Comunidades y Grupos Indígenas
  • La interpretación y protección de los Derechos Humanos en los Tratados Internacionales en el artículo primero con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
  • Las nuevas reformas a la ley de Amparo
  • Y las reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales
  • Las reformas sobre el Derecho al Agua


Aún falta mucho por hacer, pero lo estamos logrando ahora tenemos un México más justo.



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