Marchas feministas en México ¿Sirven de algo las marchas del 11 de marzo?
Muchos dirán que las protestas feministas el 11 de marzo no producen cambios reales en el pais. Sin embargo, todas y cada una de estas luchas feministas han contribuido a la democratización de los paises y la igualdad de derechos. Hoy hablaremos de México.
Es muy sencillo olvidar, pero la mujer mexicana únicamente tiene 70 años ejerciendo el voto en el país (votaciones locales). Es decir, las mujeres no eran reconocidas como ciudadanas, negándole el derecho a la toma de decisiones del país, a la expresión de ideas políticas y a la participación activa. No obstante, las mujeres si pagaban impuestos, en esto si eran iguales a los hombres.
Esto es gravísimo porque sino eres ciudadano no tienes el derecho hablar. Estas silenciado, y lo que no se expresa no existe.
Las personas en México que no tienen la capacidad para ejercer sus derechos políticos son los menores de edad o incapaces mentales, es decir, no más de 70 años la mujer era tomada en cuenta como un menor de edad o un incapaz mental que no podía ejercer el derecho al voto. ESTO ES ABOMINABLE.
¿Comó comienza la lucha de la mujer en la política?
Desde siempre ha existido la lucha feminista, mucha de ella no se encuentra registrada en los libros de texto comunes, sino como hechos esporadicos de inconformismo. Tampoco era enseñada en los colegios, ya que estos únicamente se les permitía el ingreso a los hombres.Siempre las protestas feministas han dado frutos a lo largo del tiempo. Por ejemplo, en México en 1856, un grupo de 81 mujeres solicitaron al congreso constituyente el reconocimiento de sus derechos políticos, argumentando que la legislación vigente no actuaba de manera explícita el derecho de las mujeres al voto. Los senadores alegaron que el desinterés de las mujeres por solicitar sus derechos, no valia la pena el cambio a la constitución. Por lo tanto, fueron negadas sus reclamaciones y es por eso que la Constitución de 1857 se olvidó de los derechos sociales de la mujer, no le reconoció derechos políticos:
“Artículo 1 de la constitución de 1857: El Pueblo Mexicano reconoce que los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En consecuencia, declara que todas las leyes y todas las autoridades del país, deben respetar y sostener las Garantías de la presente Constitución.”
Por completo se descarta la protección a los derechos de la mujer, y de misma manera el pueblo mexicano, instituciones y leyes descartan la protección a las Garantías y Derechos de las mujeres.
Ahora la última reforma al artículo 1ro constitucional en vigor es el 10 de junio del 2011, reza:
“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.
Otro cambio radical en la constitución mexicana ha sido la reforma al artículo 4to constitucional. Analicemos:
"Artículo 4to constitución de 1857: Todo hombre es libre de abrazar la profesión, industria trabajo que le acomode, siendo útil y honesto…”
“Artículo 4to constitución 1917 última reforma del 6 de junio del 2019: La mujer y el hombre son iguales ante la Ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia”.
No olvidemos que en la 54 sesión ordinaria del 23 de enero de 1917 los magistrados determinaron que "por no desvincularse sus propios intereses al los del varón en el hogar y que siendo únicamente su interés el círculo doméstico se le daría un doble voto al varón porque la mujer no podía elegir por si misma. Las mujeres de esa época habían demostrado la falta de interés colectivo de este movimiento no funda la conclusión de que el voto debe concederse a las mujeres."
Por esa razón es importante que todas las mujeres sean activas y estudiosas de las políticas de sus países y derechos, que aprendan y usen no solo su voz en las marchas colectivas, sino elaboración legal de demandas y procedimientos que las leyes aportan en su beneficio. Y si las leyes no aportan o pretegen sus derechos, CAMBIAR LAS LEYES.
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Marcha feminista en Querétaro, México 2023 |
Referencias:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
CONSTITUCIÓN DE 1857 con sus adiciones y Reformas hasta 1901 https://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1857.pdf
Feminismo en México, Revisiòn historico-critica del siglo que termina, Simposiom del 2000; Griselda Guitierrez Castañeda; Programa Universitario de Estudios de Gènero UNAM; México 2002.
ESTADÍSTICAS A PROPÓSITO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER COMUNICADO DE PRENSA NÚM. 568/20; 23 DE NOVIEMBRE DE 2020 PÁGINA1/2;Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2020/Violencia2020_Nal.pdf
La historia del feminismo en México; Patricia Galeana; Biblioteca virtual del Instituto de Investigaciones juridicas de la UNAM. Disponible en: https://goo.gl/TkDlCU
Un recorrido por la historia del feminismo; Gabriela Cano e Hilda Monraz; Periodico El Universal; disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/cultura/un-recorrido-por-la-historia-del-feminismo-en-mexico
Las feministas mexicanas que nos han abierto el camino a través de la historia; Ana Estrada; disponible en: https://animal.mx/2020/03/feministas-mexicanas-famosas-historia/